La orden mantiene las mismas normas que establecía la Orden anterior, y define una nuevas zona de restricción frente al serotipo 8 del virus de la Lengua Azul, así como la zona de vacunación obligatoria. también estable dos disposiciones transitoria, una que flexibilidad el movimiento de animales desde y dentro de las nueva zona de restricción, durante el periodo de actividad del vector y hasta el 31 de marzo de 2021. y otra, para dar cobertura vacunal en las nuevas zonas de restricción al inicio del periodo estacionalmente libre, garantizando los movimientos de animales para vida.
la orden aquí