Se ha publicado en el BOCYL la Resolución del 21 de febrero de 2020, el pasado 4 de marzo por la que se desarrollan determinados aspectos de los programas nacionales de control, vigilancia y erradicación de enfermedades de los rumiantes, en la Comunidad de Castilla y León. pinche aquí
Destacamos lo siguiente:
1 Se flexibilizan los movimientos a cebaderos en explotaciones positivas, reduciéndose en el tiempo y numero de pruebas con resultados negativos para poder realizar dichos movimientos.
2 Se reduce el periodo de restricción de los movimientos y de las pruebas para que las explotaciones puedan recuperar su calificación, en especial para las explotaciones T3H. A este respecto, se minimizan las repercusiones que tuvieran las explotaciones T3B4 por comprar animales reproductores en explotaciones que hayan resultado positivas con posterioridad a la compra. Así, las explotaciones que hayan comprado los animales reproductores en una ganadería que resultase positiva, si la explotación de destino ha sido saneada en los seis meses anteriores y con posterioridad a la entrada del animal de riesgo, solo se repetirá la prueba de detección al animal que haya sido incorporado.
3 Para relacionar explotaciones, el criterio consiste en determinar la relación: cuando al menos un animal se haya saneado de manera conjunta con los de otras explotaciones, directamente estas explotaciones serán relacionadas. para el resto de casos, dicha relación habrá de ser justificada siempre con un informe de los servicios oficiales.
4 Se permite el movimiento de animales a cebaderos T1 cuando las explotaciones sean positivas sin ser necesario sanear la explotación entera, únicamente habrá que realizar la prueba a la partida de animales que vayan a realizar dicho movimiento.




